La Audiencia Nacional declara nula la doble escala salarial en Repsol






Por demanda de USO, la Audiencia Nacional declara nula la doble escala salarial en Repsol







- Están afectados más de 6.000 trabajadores de Repsol Químicas, Petróleo y Butano.
- La empresa fija en 30 millones de euros el coste del cumplimiento de la sentencia.
- USO gana en solitario los juicios contra la empresa, CCOO y UGT.


La Audiencia Nacional, en sentencia notificada el día 8 de julio, estima todas las demandas que el sindicato USO lleva presentado en solitario desde el año 1995 contra la discriminación en el Grupo Repsol. La Audiencia anula la doble escala salarial de los convenios 2006-2008 de Repsol Química, Petróleo y Butano, unificando criterio para todo el grupo. Esta sentencia sucede a las del Tribunal Supremo, que también anularon esa doble escala salarial de los convenios anteriores en Repsol Petróleo y Butano.

Empresa y sindicatos firmantes llevan años vulnerando el derecho de igualdad de los trabajadores contratados después del 31 de diciembre de 1994, negando su derecho a recibir el mismo complemento de antigüedad que el resto, estableciendo con ello una doble escala salarial que se ceba especialmente con los jóvenes.

José Vía, Secretario de Acción Sindical de USO, se felicita por el fallo de la Audiencia, porque "reconoce los derechos de más de 6.000 trabajadores y homogeneiza el criterio en las distintas empresas del mismo grupo, que estaban aplicando la misma desigualdad como medida de abaratamiento de costes de personal. Esperamos enterrar así la discriminación firmada por CCOO, UGT, CC y CTI, que, tras dos sentencias del Tribunal Supremo han seguido firmando idénticas cláusulas de doble escala salarial para los años siguientes.", añadió.
Falla la Audiencia "que estimando la demanda de conflicto colectivo, interpuesta por USO, venimos a anular el artículo 14(...)y en consecuencia ordenamos a dicha mercantil a estar y pasar por dicha declaración así como como a que se abone el complemento de antigüedad de acuerdo a la propia normativa pactada a los trabajadores contratados con posterioridad a 31-12-1994, condenándose, asimismo, a CCOO a UGT y ACTI a estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos legales oportunos".
Ha declarado Vía al respecto que "la hipocresía sindical hace que dejen tirados a los trabajadores cada vez que se firma un documento y acaban de hacerlo otra vez para el convenio de 2009-2010, firmado en los primeros días de julio. Estas sentencias dejan en clara evidencia que defienden más los intereses de la empresa y los suyos propios que los intereses de los trabajadores que representan"
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